lunes, 18 de marzo de 2013

CUATRIMOTOS ELECTRICAS





Cuatrimotos eléctricas


Los quads y ATV en algunos casos se han intentado homologar como máquinas agrícolas; pero realmente están diseñados únicamente para usos específicos como trasporte de personas, actividades de recreo o deportivas. No se han tenido en cuenta en su diseño los riesgos de su uso agrícola.
En España cualquier máquina agrícola que se ponga en el mercado debe cumplir el RD 1644/2008, llevar el marcado CE y declaración de conformidad para su uso en las tareas agrícolas. Hasta ahora no existen en el mercado ningún ATV o quad que cumpla esas condiciones, por lo que su uso en la realización de tareas agrícolas no está permitido, principalmente por el riesgo de vuelco trasero y lateral, no llevando ninguna protección antivuelco, no siendo fácil instalarles una estructura de protección y cinturón de seguridad.
La Comisión Europea, ha ratificado que los ATV en ningún caso pueden ser considerados como tractores agrícolas. Habría que publicar una normativa aplicable a estos vehículos para su uso agrícola que tenga en cuenta los riesgos y medidas preventivas, por ejemplo velocidad máxima, utilización obligatoria de casco, etc.6

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